
Juan Landaburo, quien explotaba a una veintena de mujeres misioneras en Gualeguaychú y Escriña, obtuvo el beneficio tras cumplir parte de su pena en prisión domiciliaria.
El Juzgado de Ejecución del Tribunal Oral Federal de Paraná resolvió otorgar la libertad condicional a Juan Ramón Gregorio Landaburo, de 80 años, quien cumplía una condena por liderar una red de trata de personas con fines de explotación sexual. La resolución, firmada el 1° de junio de 2026 por la jueza Noemí Berros, se fundamentó en que el condenado alcanzó el tiempo legal requerido y mantuvo un comportamiento adecuado durante su arresto domiciliario.
Landaburo había sido sentenciado originalmente el 9 de marzo de 2023 a la pena de cuatro años de prisión tras un juicio abreviado ante el magistrado Roberto López Arango. El tribunal lo halló culpable de los delitos de “trata de personas con fines de explotación sexual, en su modalidad de captación, traslado y acogimiento”, agravado por la situación de vulnerabilidad de las víctimas y la cantidad de personas afectadas.
Debido a su avanzada edad y problemas de salud, se le permitió cumplir la condena bajo la modalidad de prisión domiciliaria en su vivienda de la calle 25 de Mayo, en Gualeguaychú.
La causa que llevó a Landaburo a la justicia comenzó en octubre de 2012, a partir de una denuncia de la organización Mujeres en Acción. La investigación policial confirmó que en las whiskerías Caburé II y Caburé III, propiedad del condenado, se explotaba sexualmente a mujeres oriundas de Misiones.
El 18 de noviembre de 2012, allanamientos de la Policía Federal rescataron a 20 mujeres de la localidad misionera de Bernardo de Irigoyen. Las víctimas vivían en condiciones de hacinamiento y tenían prohibido salir de los locales o contactar clientes fuera del horario laboral. Tras los operativos, Landaburo permaneció un tiempo prófugo de la justicia hasta que su situación fue resuelta más de una década después.
Reglas de conducta y falta de contacto con las víctimas
Durante su arresto morigerado, Landaburo cumplió con las obligaciones impuestas, incluyendo salidas laborales a un taller de carpintería y egresos por motivos de salud debidamente autorizados.
En la nueva resolución que le otorga la libertad condicional, la justicia impuso estrictas reglas de conducta que regirán hasta el agotamiento definitivo de su pena, previsto para el 16 de marzo de 2027.
Entre las condiciones se encuentran: residir en su domicilio actual en Gualeguaychú sin posibilidad de mudanza sin previo aviso. Someterse al control mensual de la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal. Abstenerse de consumir alcohol o estupefacientes. Prohibición absoluta de acercarse o mantener cualquier tipo de contacto con las víctimas.
Un punto destacado del fallo fue la imposibilidad de localizar a las víctimas para notificarlas sobre este beneficio.
Según informó el Programa Nacional de Rescate y Acompañamiento, no se contaba con datos actualizados de las mujeres damnificadas. Para evitar dilaciones y una posible revictimización, el tribunal procedió con la concesión de la libertad tras el dictamen favorable de la fiscalía.
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